El uso de las TIC y la creación de material on line nos lleva en algunos casos a plantear la protección de datos de alumnos.
Las imagenes, su nombre, incluso la voz,... todo són datos reconocidos por la ley del 2004 y en principio tendriamos que tener permiso para colgar qualquier referencia a un alumno.
Supongo, al menos en la mia si, que en la mayoria de centros se les pasa a los padres
un formulario conforme aceptan la utilización de imagen del alumno siempre que esté en la línea proceso aprendizaje, y que será utilizada por el colegio desde su web.
<I en un blog externo? cuidado!
Es muy gratificante el mundo de las TIC, pero hemos de ir con pies de plomo, ser prudentes y tener las espaldas cubiertas como profesionales. Ante una denúncia de un padre por no dar permiso ¿quien nos ampararía?
Seguro que todos conocemos algun caso de profesor denunciado por hacer un blog y poner fotos sin permiso, incluso se han dado casos universitarios que la creación de un blog por alumnos y una crítica difamatoria a una persona pública ha ido a tribunales.
Como llevais el tema de la protección de datos? Avanzar desde la prudencia es una manera de protección al profesorado.